7 de noviembre de 2017

Marcado Irregular EN 131 y EN 14183

en131

En el mercado español de escaleras y taburetes continuamos asistiendo a prácticas desleales por parte de importadores y distribuidores que ponen en grave riesgo la seguridad y salud de consumidores, trabajadores y usuarios. Estas, generalmente, están relacionadas con el marcado irregular en escaleras y taburetes y sus respectivas Normas Europeas de Seguridad, EN 131 y EN 14183, generalmente en productos de fabricación china, turca y portuguesa. El progreso del comercio Online en el sector no ha hecho más que agravar estas malas prácticas con escaleras y taburetes de muy baja calidad marcados irregularmente con estas Normas.

AFESPO es la Asociación Española de Fabricantes de Escaleras Portátiles y está decidida e  implicada en la lucha por alcanzar uno de sus objetivos centrales, poner a disposición de consumidores, trabajadores y usuarios escaleras y taburetes cada vez más seguros, resistentes y duraderos. Para ello, a través de su acuerdo de colaboración con el instituto AIDIMME, encomienda ensayos periódicos de control sobre productos que se sospechan dolosos y, en caso de incumplimiento, lo pone en conocimiento de las autoridades competentes.

En los últimos años la gran distribución española ha invertido muchos recursos humanos y económicos en sus respectivos departamentos de calidad y, felizmente, en este momento es difícil encontrar en gran parte de este canal escaleras y taburetes que no cumplan con unos mínimos estándares de calidad. Sin embargo, otros canales han escogido la vía del precio sin controlar adecuada y fehacientemente la calidad de los productos que ponen a disposición de sus clientes. Lejos de buscar productos más seguros, resistentes y duraderos, con la crisis económica y el crecimiento del canal de Internet estamos asistiendo a una paulatina reducción de la calidad en el mercado de escaleras y taburetes por la falta de rigor de importadores, distribuidores y centrales de compra.

A continuación les indicamos varios consejos para la detección de productos que, aun marcados EN 131 o EN 14183, pueden incumplir estas Normas de Seguridad:
1 – La Norma Europea EN 131-3 determina la provisión de la Información Destinada al Usuario por parte del fabricante, el distribuidor y el propietario de la escalera, al objeto de garantizar la seguridad del producto. Cada escalera se debe acompañar de unas instrucciones básicas que pueden incorporar el manual de montaje, los puntos a inspeccionar y verificar, las recomendaciones antes del uso, de colocación, de izado y durante el uso de la escalera, así como algunos consejos relativos al mantenimiento, almacenamiento y conservación del producto. Esta parte de la Norma EN 131 tiene rango de Norma Nacional y, por tanto, es obligatoria.

2 – La Norma Europea EN 131-1 introduce la terminología, tipos y dimensiones funcionales de las escaleras y, su última versión, es obligatoria desde diciembre de 2016. Entre los cambios más importantes, establece que toda escalera (incluidas las telescópicas y las de bisagras múltiples) de más de 3 metros en posición de apoyo, debe incluir un estabilizador.

3- La Norma Europea EN 14183 especifica los requisitos para taburetes de peldaños, gradillas y taburetes tipo cúpula e incluye las características de diseño, dimensiones, materiales, requisitos de funcionamiento, métodos de ensayo y la declaración de conformidad. La Norma excluye las escaleras y las escaleras de tijera definidas en la Norma EN 131-1. Descrito lo anterior, indicar que es bastante habitual observar en el mercado taburetes de peldaños marcados EN 14183 con más de 1 metro de altura de plataforma, cuando en los requisitos de esta Norma se indica que no pueden exceder de esta dimensión.

4 – Una escalera, taburete o plataforma, no motorizada, no puede llevar el marcado CE. Desde AFESPO les animamos a que pongan en conocimiento de las autoridades competentes escaleras, taburetes y plataformas de trabajo que incluyan este marcado y no estén motorizados. Esto suele ser sinónimo de producto fraudulento. El artículo 30.2 del Reglamento (CE) 765/2008 prohíbe la colocación del marcado CE en productos para los que su uso no está contemplado en la legislación comunitaria de armonización.

El marcado irregular y el incumpliendo de las Normas Europeas de Seguridad pueden poner gravemente en riesgo la seguridad y la salud de consumidores, trabajadores y usuarios. Ayúdenos a detectar estos productos dolosos en beneficio de todos.

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